°. Los presupuestos, reglamentos, proyectos de trabajos, plan de estudios, etc., de las granjas o estaciones agrícolas departamentales, de los institutos agrícolas que reciben auxilio por cuenta del Gobierno Nacional, requieren la aprobación del Ministerio de Agricultura y Comercio y no pueden ser modificados sin la previa autorización de este. Además, las entidades mencionadas rendirán al Ministerio de Agricultura y Comercio en el mes de enero de cada año un informe detallado y completo de sus labores para constatar el desarrollo o cumplimiento de los programas y proyectos fijados de antemano.
Decreto 2009 de 1935 →Vigente
Artículo 5
Los Presupuestos, Reglamentos, Proyectos De Trabajos, Plan De Estudios, Etc
Decreto 2009 de 1935 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones de las Leyes 74 de 1926 y 132 de 1931, en relación con las granjas, estaciones e institutos agrícolas departamentales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.