º . La Comisión ejercerá las siguientes funciones
Desarrollar y profundizar en el tratamiento de los temas y propuestas formuladas en el Foro de Derechos Humanos al que se ha hecho referencia en la parte considerativa, dándoles el nivel de precisión requerido para una adecuada elaboración de políticas, medidas y programas de acción;
Plantear recomendaciones formales sobre adopción de políticas, medidas o programas relacionados con los Derechos Humanos, a las entidades públicas o privadas con responsabilidades en esta temática;
Integrar las subcomisiones o grupos de trabajo necesarios para el desarrollo de sus actividades, con base en los planes de trabajo que previamente se acuerden por la propia Comisión;
Expedir su reglamento interno de funcionamiento. En todo caso, las decisiones se tomarán por consenso.