Facúltase al Gobierno para crear el Servicio Nacional de Pesca, dependiente del Ministerio de Agricultura, tomando como base la organización de la Sección de Caza, Piscicultura y Pesquerías de la División de Recursos Naturales. En tal virtud podrá crear los cargos que sean necesarios, dentro de las disponibilidades presupuéstales.
Decreto 376 de 1957 →Vigente
Artículo 70
Facúltase Al Gobierno Para Crear El Servicio Nacional De Pesca, Dependiente Del Ministerio De Agricultura, Tomando Como Base La Organización De La Sección De Caza, Piscicultura Y Pesquerías De La División De Recursos Naturales
Decreto 376 de 1957 · Por el cual se dictan normas sobre pesca en aguas colombianas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.