Articulo 1º. El artículo 4º del Decreto 1265 de 1970, quedará así: "Artículo 4º. Competencia de las Corporaciones. La competencia de las Corporaciones en pleno y la de las Salas, se determina por la Constitución Nacional, las leyes y los reglamentos que expidan las correspondientes Salas Plenas".
Decreto 2278 de 1989 →Vigente
Artículo 1
El Artículo 4º Del Decreto 1265 De 1970, Quedará Así: "artículo 4º
Decreto 2278 de 1989 · Por el cual se modifica el Estatuto Orgánico de la Administración de Justicia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.