Micelio

Artículo 2

º

Decreto 1350 de 2005 · por el cual se reglamentan parcialmente los artículos 84 y 102 del Decreto-ley 1421 de 1993, en lo que tiene que ver con el proceso de integración de ternas para la designación de los Alcaldes y el nombramiento de los Personeros Locales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Integración de las ternas para efecto de la designación o nombramiento de alcaldes locales. Corresponde al Alcalde Mayor nombrar los Alcaldes Locales de terna enviada por la correspondiente Junta Administradora Local, JAL, de acuerdo con el inciso 1º del artículo 84 del Decreto-ley 1421 de 1993, para tal efecto podrá seguir el procedimiento establecido en el presente decreto. Para garantizar los principios constitucionales de mérito, publicidad y democratización de la administración pública, la integración de las ternas por parte de las Juntas Administradoras Locales se desarrollará en las siguientes etapas

1.

Invitación para participar en el proceso meritocrático.

2.

Inscripción de aspirantes.

3.

Proceso meritocrático.

4.

Audiencia pública para la presentación de los aspirantes, y

5.

Integración de la terna.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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