Micelio

Artículo 29

Decreto 2111 de 1997 · por el cual se reglamentan las disposiciones referentes a licencias de construcción y urbanismo, al ejercicio de la curaduría urbana, y las sanciones urbanísticas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Concurso de méritos . Los alcaldes o sus delegados fijarán las bases de cada concurso, determinarán los requisitos y factores de evaluación que se tendrán en cuenta para calificar, el puntaje correspondiente a cada requisito y factor, la conformación del equipo de selección y los criterios de calificación, la forma de acreditar los requisitos, fecha del concurso, lugares de inscripción y realización, todo lo cual se informará mediante convocatoria pública. En el caso de los curadores urbanos que tienen jurisdicción en los municipios que conforman una asociación, el grupo de selección lo conformarán los alcaldes de los municipios de la asociación o sus delegados. En todo caso, en el concurso de méritos los alcaldes o sus delegados deberán exigir

1.

El formato único de hoja de vida establecido por la Ley 190 de 1995, la cual deberá anexarse la tarjeta profesional vigente para aquellas profesiones cuyo ejercicio lo exija.

2.

Acreditación de las calidades y experiencia del equipo de apoyo técnico y administrativo.

3.

Descripción de los equipos, sistemas y programas que utilizará el candidato en caso de ser designado curador, los cuales deberán ser compatibles con los equipos, sistemas y programas de la administración municipal o distrital.

4.

La práctica de exámenes escritos, sobre conocimientos y manejo de las normas urbanísticas y de uso del suelo del respectivo municipio o distrito.

5.

La práctica de una entrevista personal.

Parágrafo

La convocatoria para el concurso de méritos la harán los alcaldes por aviso, el cual se insertará en un periódico de amplia circulación local, regional o nacional dos veces con un intervalo de una semana. En el caso de los curadores urbanos que tienen jurisdicción en los municipios que conforman la asociación, los alcaldes de esos municipios, harán conjuntamente la convocatoria para el concurso de méritos, sujetándose a los términos previstos en este artículo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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