o A partir del 1° de enero de 1992, la asignación básica mensual de los funcionarios y empleados de la Rama Judicial, del Ministerio Público y de la Justicia Penal Militar, será la señalada para su grado, de acuerdo con la siguiente escala de remuneración: GRADO ASIGNACIÓN BÁSICA 1 $ 66.253 2 75.700 3 89.077 4 96.622 5 109.809 6 119.890 7 126.927 8 144.996 9 153.492 10 162.558 11 173.653 12 184.685 13 187.855 14 196.667 15 231.157 16 253.917 17 299.692 18 310.977 19 333.992 20 343.945 21 398.089 22 437.207
Decreto 903 de 1992 →Vigente
Artículo 4
O A Partir Del 1° De Enero De 1992, La Asignación Básica Mensual De Los Funcionarios Y Empleados De La Rama Judicial, Del Ministerio Público Y De La Justicia Penal Militar, Será La Señalada Para Su Grado, De Acuerdo Con La Siguiente Escala De Remuneración: Grado Asignación Básica 1 $ 66
Decreto 903 de 1992 · por el cual se dictan unas disposiciones en materia salarial y prestacional de la Rama Judicial, del Ministerio Público, de la Justicia Penal Militar y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.