º . División de Regionales de Minas.- Las Divisiones Regionales de Minas realizarán actividades de asistencia técnica y de fomento del sector minero en las zonas geográficas del Territorio Nacional en que las necesidades lo requieran y, además de las que les sean delegadas, ejercerán las siguientes
Elaborar, ejecutar y controlar los planes y programas de asistencia técnica a la pequeña y mediana minería en su área de influencia;
Asesorar a los mineros en los estudios técnicos y económicos necesarios para el aprovechamiento racional de los recursos mineros y para la obtención de créditos;
Realizar las investigaciones químicas y metalúrgicas;
Realizar, en concordancia con la División de Fiscalización de Minas, las labores de control y fiscalización de las minas otorgadas a cualquier título.