Título de Comandos. Se otorgará el título de Comando Especial Terrestre en el Ejército, Comando Anfibio o de selva en la Armada y Comando Especial Aéreo en la Fuerza Aérea, a quienes hubieren adelantado y aprobado tres (3) de los siguientes cursos dentro de cada Fuerza:
En el Ejército: Lancero, Paracaidista Militar, Contraguerrillas y Fuerzas Especiales;
En la Armada: Lancero, Paracaidista, Contraguerrillas, Reconocimiento Anfibio, Demoliciones Submarinas, Fuerzas Especiales, Combate Fluvial y Comando Submarino;
En la Fuerza Aérea: Lancero, Paracaidista Militar, Contraguerrillas y Fuerzas Especiales.
(Decreto 989 de 1992 artículo 68)