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Artículo 14

De La División De Servicios De Aeronavegación , Son Funciones De La División De Servicios De Aeronavegación: 1

Decreto 2332 de 1977 · Por el cual se reorganiza el Departamento de Aeronáutica Civil

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De la División de Servicios de Aeronavegación , Son funciones de la División de Servicios de Aeronavegación

1.

Proponer las normas y procedimientos para una mejor prestación de los servicios que están a cargo del Departamento y se relacionen con las operaciones aéreas;

2.

Preparar y suministrar las cartas aeroportuarias y de aerovías que se requieran para las operaciones aéreas;

3.

Establecer los horarios de servicio de las estaciones aeronáuticas de los aeródromos conforme a las operaciones aéreas del país y del exterior;

4.

Coordinar y controlar la operación de las comunicaciones aeronáuticas y las del tránsito aéreo;

5.

Mantener actualizada y difundir la información técnica de operaciones aéreas, y

6.

Las demás que le sean encomendadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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