Micelio

Artículo 6

Ley 124 de 1887 · sobre varios asuntos fiscales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 6° Autorízase al Banco Nacional para anticipar la emisión de los billetes necesarios á fin de que el Gobierno pueda, á su turno, dar anticipadamente al Gobierno de Antioquia una anualidad de la que conforme al artículo 1° de la ley 56 de 1887 , le corresponde por el contrato que celebró con el Gobierno y que fue aprobado por ley especial.

Esta anticipación se hará por cuenta de la suma de doscientos mil pesos ($ 200,000) de que habla el artículo 1° de la ley citada y conforme al prorrateo establecido por el Ministerio del Tesoro.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 124 de 1887