º. Entiéndase por Suministros para el Sistema Nacional de Salud, todos los bienes fungibles o no fungibles tales como productos farmacéuticos, de asistencia médica y odontológicos, instrumental, y equipos y los bienes muebles necesarios para el desarrollo y cumplimiento de los programas de inversiones del sector y los bienes para el funcionamiento, mantenimiento y reposición de los Organismos, Instituciones y Agencias del Sistema Nacional de Salud.
Artículo 1
Entiéndase Por Suministros Para El Sistema Nacional De Salud, Todos Los Bienes Fungibles O No Fungibles Tales Como Productos Farmacéuticos, De Asistencia Médica Y Odontológicos, Instrumental, Y Equipos Y Los Bienes Muebles Necesarios Para El Desarrollo Y Cumplimiento De Los Programas De Inversiones Del Sector Y Los Bienes Para El Funcionamiento, Mantenimiento Y Reposición De Los Organismos, Instituciones Y Agencias Del Sistema Nacional De Salud
Decreto 704 de 1974 · Por el cual se establece el Subsistema Nacional de Suministros del Sistema Nacional de Salud
El texto del artículo
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.