Recibida la solicitud de que se viene hablando, el Alcalde ordenará fijar un extracto de ella en la puerta de su oficina, por el termino de treinta días hábiles, y dispondrá que se ponga en conocimiento del público por medio de bandos dados en tres domingos consecutivos, a fin de que cualquiera persona que tenga interés en ello pueda oponerse al arrendamiento.
Decreto 742 de 1923 →Vigente
Artículo 10
Recibida La Solicitud De Que Se Viene Hablando, El Alcalde Ordenará Fijar Un Extracto De Ella En La Puerta De Su Oficina, Por El Termino De Treinta Días Hábiles, Y Dispondrá Que Se Ponga En Conocimiento Del Público Por Medio De Bandos Dados En Tres Domingos Consecutivos, A Fin De Que Cualquiera Persona Que Tenga Interés En Ello Pueda Oponerse Al Arrendamiento
Decreto 742 de 1923 · Por el cual se reglamenta el artículo 6o de la Ley 85 de 1920
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.