La calidad de miembro o afiliado se pierde por retiro voluntario o por expulsión mediante decisión motivada del Consejo Directivo de la Caja de Compensación, fundada en causa grave. Corresponde al Consejo Directivo adoptar el procedimiento para la expulsión de miembros o afiliados. Constituyen causa grave, entre otras, las siguientes
El suministro de datos falsos por parte del empleador a la Caja de Compensación de afiliación.
La violación de las normas sobre salarios mínimos.
El envío de informes que den lugar a la disminución de aportes o al pago fraudulento del subsidio familiar.
La mora reincidente en el pago de aportes. Las Cajas de Compensación Familiar informarán previamente a la Superintendencia del Subsidio Familiar y al Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, sobre el propósito de expulsión de afiliados, indicando los motivos determinantes, a efecto de que se adopten por dichas entidades las providencias del caso.
Se entiende que hay mora reincidente en el pago de los aportes cuando se presenta la suspensión de la calidad de miembro o afiliado por lo menos tres (3) veces dentro del respectivo año calendario.