Articulo 2º A partir del 1º de noviembre de 1983, el pago de las sumas de que trata el artículo 1º del presente Decreto para los funcionarios de la Embajada y del Consulado de Colombia en la República de Finlandia, se efectuara en francos suizos.
Decreto 3031 de 1983 →Vigente
Artículo 2
A Partir Del 1º De Noviembre De 1983, El Pago De Las Sumas De Que Trata El Artículo 1º Del Presente Decreto Para Los Funcionarios De La Embajada Y Del Consulado De Colombia En La República De Finlandia, Se Efectuara En Francos Suizos
Decreto 3031 de 1983 · Por el cual se dictan unas disposiciones sobre giros al exterior, para el pago del personal de las diferentes misiones diplomáticas y consulares.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.