Micelio

Artículo 4

Decreto 2041 de 1999 · por el cual se suprimen las plantas de personal de las Juntas Administradoras Seccionales de Deportes de Arauca, Norte de Santander, Sucre, Boyacá, Cesar, Huila, Córdoba, Atlántico, Guajira, Cauca y Vichada.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Suprímense los siguientes empleos de la planta de personal de la Junta Administradora Seccional de Boyacá: Número de cargos Denominación del cargo Código Grado Uno (1) jefe de División 2040 3 Uno (1) Médico Especialista (M.T.) 3120 16 Tres (3) Profesional Universitario 3020 4 Cinco (5) Técnico Administrativo 4065 9 Cuatro (4) Técnico Administrativo 4065 8 Uno (1) Técnico Operativo 4080 5 Uno (1) Asistente Administrativo 4140 14 Uno (1) Asistente Administrativo 4140 10 Uno (1 Auxiliar Administrativo 5120 7 Dos (2) Auxiliar Administrativo 5120 8 Cuatro (4) Auxiliar Administrativo 5120 10 Uno (1) Secretario 5140 13 Uno (1) Conductor Mecánico 5310 9 Uno (1) Conductor Mecánico 5310 7 Dos (2) Operario 5330 5 Uno (1) Auxiliar de Servicios Generales 5335 9 Uno (1) Auxiliar de Servicios Generales 5335 7 Uno (1) Auxiliar de Servicios Generales 5335 6

Parágrafo

Los siguientes cargos se entenderán suprimidos una vez se firme el acta definitiva de liquidación de la Junta. Número de cargos Denominación del cargo Código Grado Uno (1) Director de Unidad Administrativa Especial 2025 14 Uno (1) Jefe de División 2040 3

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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