°. Autorizase a la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, para establecer las normas relativas a los préstamos que otorgue con destino a la construcción, reparación o mejoramiento de viviendas campesinas. En consecuencia, dicha entidad podrá fijar las tasas de interés, plazos y garantías de los créditos, lo mismo que las calidades y condiciones de deben reunir los prestatarios.
Decreto 330 de 1957 →Vigente
Artículo 1
Autorizase A La Caja De Crédito Agrario, Industrial Y Minero, Para Establecer Las Normas Relativas A Los Préstamos Que Otorgue Con Destino A La Construcción, Reparación O Mejoramiento De Viviendas Campesinas
Decreto 330 de 1957 · Por el cual se da una autorización a la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, y se dictan otras disposiciones en relación con viviendas campesinas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.