Micelio

Artículo 1

Objeto

Ley 1907 de 2018 · Por la cual se hace el reconocimiento a la cultura, tradición e identidad llanera y se insta a las autoridades locales administrativas a desarrollar un Plan Especial de Salvaguarda al Patrimonio Cultural Llanero.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Lograr el reconocimiento nacional e internacio­nal del paisaje llanero, la riqueza y diversidad de los Llanos Orientales, comprendida por el conjunto de expresiones y manifestaciones cultu­rales materiales e inmateriales de la identidad llanera, logrando con tal medida la salvaguarda de las tradiciones de las comunidades y pueblos que integran el territorio llanero.

Así mismo, proteger el paisaje cultural llanero conservando y re­alzando sus valores naturales, sin desconocer el uso tradicional de la tierra, manteniendo su diversidad biológica.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 1907 de 2018