Micelio

Artículo 3

Decreto 935 de 1964 · por el cual se determina la planta de personal del Ministerio de Comunicaciones y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. AI verificarse la incorporación del personal actualmente en servicio ¡activo a la planta de personal que se establece por el presente Decreto, deber á n observarse las siguientes regías

a)

Cuando el cargo conserve la misma denominación y remuneración, no habrá lugar a nueva posesión;

b)

Cuando el cargo conserve la misma denominación pero cambie de remuneración, deberá pagarse el impuesto de timbre nacional equivalente a la diferencia de -remuneración;

c)

Cuando el cargo cambie de denominación pero conserve la misma remuneración, habrá lugar a nueva posesión

d)

Cuando el cargo cambie de denominación y de remuneración, habrá lugar, igualmente, a nueva posesión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 935 de 1964