Elévase á doscientos mil pesos ($ 200,00) la indemnización decretada á favor de Departamento de Boyacá por la Ley 135 de 1896 , indemnización que se pagará en la forma establecida en la misma Ley.
Ley 60 de 1903 →Vigente
Artículo 1
Ley 60 de 1903 · Por la cual se declara la caducidad de un Decreto Legislativo y se ordena el modo de satisfacer un crédito del Departamento de Boyacá contra la República
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.