°. Secretaría Técnica. La Comisión de Seguimiento a los Acuerdos del Paro Cívico Departamental por la Salvación y Dignidad del Chocó contará con una secretaría técnica, conformada paritariamente por un (1) delegado del Gobierno nacional y un (1) delegado del “Comité Cívico”, que tendrán las siguientes funciones
Coordinar y prestar apoyo operativo a los integrantes de la Comisión de Seguimiento a los Acuerdos del Paro Cívico Departamental por la Salvación y Dignidad del Chocó, en los asuntos relacionados con su participación en el mismo.
Emitir las orientaciones para definir los lineamientos de las presentaciones de los temas relacionados con el objeto de la Comisión de Seguimiento a los Acuerdos del Paro Cívico Departamental por la Salvación y Dignidad del Chocó.
Consolidar y presentar a la Comisión de Seguimiento a los Acuerdos del Paro Cívico Departamental por la Salvación y Dignidad del Chocó los informes requeridos para la misma.
Socializar las decisiones adoptadas por la Comisión de Seguimiento a los Acuerdos del Paro Cívico Departamental por la Salvación y Dignidad del Chocó y hacer seguimiento a su cumplimiento.
Rendir informes internos y externos relacionados con el objeto del presente decreto.
Coordinar las agendas y órdenes del día para las sesiones de la comisión objeto del presente decreto.
Convocar a los miembros de la Comisión de Seguimiento a los Acuerdos del Paro Cívico Departamental por la Salvación y Dignidad del Chocó a las reuniones programadas, previa instrucción del coordinador.
Elaborar las actas de cada reunión, las cuales serán suscritas por el coordinador y la Secretaría Técnica.
Las demás funciones que sean necesarias para llevar a cabo su objetivo.