Micelio

Artículo 28

Decreto 2190 de 2016 · por el cual se decreta el Presupuesto del Sistema General de Regalías para el bienio del 1° de enero de 2017 al 31 de diciembre de 2018.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Trámite de los proyectos presentados ante las entidades territoriales y los Órganos Colegiados de Administración y Decisión. Los proyectos presentados a las entidades territoriales podrán ser radicados en la ventanilla que dispongan para el efecto las secretarías técnicas de los Órganos Colegiados de Administración y Decisión. Recibidos los proyectos, las Secretarías Técnicas realizarán la revisión pertinente y los remitirán a las instancias verificadoras de requisitos, para que los proyectos surtan el proceso de verificación correspondiente. Las Secretarías Técnicas deberán presentar ante los miembros de los Órganos Cole­giados de Administración y Decisión todos los proyectos que cumplan con la verificación de requisitos que realice el Departamento Nacional de Planeación, el Departamento Ad­ministrativo de Ciencia y Tecnología e Innovación y las Secretarías de Planeación de las entidades territoriales, según corresponda. El Sistema de Monitoreo, Seguimiento, Control y Evaluación del Sistema General de Regalías prestará especial atención a este procedimiento.

Parágrafo

El Departamento Nacional de Planeación garantizará el funcionamiento de la ventanilla única con el fin de que los representantes legales de las entidades territoriales presenten proyectos que se pretendan financiar con recursos del Fondo de Desarrollo Re­gional y del 60% del Fondo de Compensación Regional, haciendo uso del procedimiento establecido por el Departamento Nacional de Planeación hasta la implementación de una Plataforma Integrada de Información del Sistema General de Regalías. Los representantes legales podrán presentar los proyectos de inversión en las Secretarías Técnicas de los Órganos Colegiados de Administración y Decisión o en la ventanilla única a la que se refiere el inciso anterior. El Departamento Nacional de Planeación verificará el cumplimiento de los requisitos previstos en las disposiciones vigentes y remitirá a la Secretaría Técnica de los Órganos Co­legiados de Administración y Decisión su respectivo certificado de verificación de requisitos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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