Adopción de Planta de Personal. El Gobierno nacional, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, procederá a adoptar la planta de personal del Ministerio de Igualdad y Equidad, de conformidad con la estructura establecida en el presente decreto. A los empleados del Ministerio de Igualdad y Equidad se les aplicará el régimen general de carrera administrativa, de clasificación y de administración de personal.
El certificado de disponibilidad presupuestal para proveer los cargos de Ministro(a) y Secretario General del Ministerio de Igualdad y Equidad será expedido por la Subdirectora General o quien haga sus veces, del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.