Micelio

Artículo 17

Créanse En La Planta De Personal De La Seccional De Antioquia, Los Siguientes Empleos En El Centro De Atención De La Localidad De Guarne, De La Unidad Programática Zonal 07 - Occidente: Parágrafo 1

Decreto 415 de 1980 · Por la cual se aprueba el Acuerdo de la Junta Administradora del Instituto de Seguros Sociales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Créanse en la planta de personal de la Seccional de Antioquia, los siguientes empleos en el Centro de Atención de la localidad de Guarne, de la Unidad Programática Zonal 07 - Occidente:

Parágrafo 1

º El médico general cumplirá, además de las funciones asistenciales propias de su profesión, las funciones de coordinación del Centro de Atención.

Parágrafo 2

º El Auxiliar de Servicios Asistenciales, además de asistir al médico, desempeñará funciones tales como: recepción, archivo clínico, asistencia social, despacho de medicamentos e inyectología.

Parágrafo 3

º El Auxiliar de Servicios Administrativos cumplirá funciones tales como: afiliación y registro, administración de suministros, tesorería y recaudo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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