°. Servicio de medicina prepagada
Clases de servicios. La Superintendencia Nacional de Salud calificará como contratos de medicina prepagada y se tendrán como tales para todos los efectos legales, aquellos que contemplen uno o más de los servicios de: (1) promoción de la salud y prevención de la enfermedad; (2) consulta externa, general y especializada, en medicina diagnóstica y terapéutica;(3) hospitalización; (4) urgencias; (5) cirugía; 6) exámenes diagnósticos y (7) odontología.
Modalidad en la prestación de los servicios. Las Empresas de Medicina Prepagada, podrán prestar los servicios: (1) en forma directa; (2) a través de profesionales de la salud o instituciones de salud adscritas o (3) a través de la libre elección por parte del usuario. TITULO III Régimen patrimonial. CAPITULO I Capital