Artículo segundo. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente: HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Deuda Pública Nacional CAPITULO 121 Deuda Interna. Documentos a la orden. Documentos de Crédito para el Plan de Obras Públicas y Fomento. 1° Amortización $ 12.180.548.03 2° Intereses 5.250.000.00 1.300.000.00 Suman los contracréditos $ 1.300.000.00 MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Gastos de Administración, Auxilios y otros. CAPITULO 108 Pensiones y Auxilios. 104. Al artículo 1128-E. Para pagar al Municipio de Tunja el auxilio para la construcción del Palacio Municipal conforme al presente Decreto (número 0132 de 1956) $ 1.300.000.00 Suman los créditos $ 1.300.000.00
Decreto 132 de 1956 →Vigente
Artículo 1128
-E
Decreto 132 de 1956 · Por el cual concede un auxilio y se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente (Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Deuda Pública Nacional)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.