Micelio

Artículo 3

Ley 4 de 1962 · por la cual se determina la nomenclatura y escala de suelos del personal subalterno de la Rama Jurisdiccional, del Ministerio Público, del Contencioso Administrativo y de los organismos auxiliares, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Adoptase la siguiente escala de sueldos para el personal subalterno de la Rama Jurisdiccional, del Ministerio Publico, del Contencioso Administrativo y de los organismos auxiliares:

Niveles de Remuneración

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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