Las modificaciones al presupuesto de inversión de un establecimiento público con recursos del Presupuesto Nacional, deberán estar fundamentadas en la ley o decreto que dieron origen a la apertura del crédito adicional o traslado respectivo en el Presupuesto Nacional.
Decreto 3720 de 1986 →Vigente
Artículo 33
Las Modificaciones Al Presupuesto De Inversión De Un Establecimiento Público Con Recursos Del Presupuesto Nacional, Deberán Estar Fundamentadas En La Ley O Decreto Que Dieron Origen A La Apertura Del Crédito Adicional O Traslado Respectivo En El Presupuesto Nacional
Decreto 3720 de 1986 · por el cual se liquida y expide el presupuesto de los establecimientos públicos nacionales para la vigencia fiscal de 1987.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.