Micelio

Artículo 10

Autorizase Al Departamento Nacional De Provisiones Para Que, De Acuerdo Con Los Ministerios De Guerra Y Obras Públicas, Proceda Al Establecimiento De Un Garaje Oficial Central, Conectado Con La Escuela De Motorización Del Ejército Nacional, Para Servicio De Todos Los Vehículos Automotores De Las Dependencias Del Gobierno Nacional, Radicados En Bogotá

Decreto 774 de 1939 · Por el cual se fija el número de automóviles oficiales del Gobierno Nacional y se dictan algunas disposiciones relativas al control de los mismos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorizase al departamento Nacional de Provisiones para que, de acuerdo con los Ministerios de Guerra y Obras Públicas, proceda al establecimiento de un garaje oficial central, conectado con la Escuela de Motorización del Ejército Nacional, para servicio de todos los vehículos automotores de las dependencias del Gobierno Nacional, radicados en Bogotá.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 774 de 1939