Clasificación de las entidades vigiladas en niveles de supervisión. Las entidades sujetas a la inspección, control y vigilancia de la Superintendencia de la Economía Solidaria, se clasificarán en tres niveles de supervisión, de acuerdo con su nivel de activos y el desarrollo o no de actividad financiera.
Los parámetros de supervisión que se señalan en el presente título, para los diferentes niveles de supervisión, deberán ser cumplidos de manera permanente por parte de las entidades vigiladas. (Art. 1 Decreto 2159 de 1999)