Micelio

Artículo 36

Son Deberes Del Preparador De Química: I-Montar Y Arreglar Los Aparatos Que Necesite Hacer Funcionar El Profesor; Ii-Responder De Los Objetos Del Laboratorio Confiando A Su Cuidado Y Dar Cuenta Al Rector De Los Objetos Que Se Rompan O Inutilicen Y De Las Sustancias Que Se Gasten; Ii-Responder De Los Objetos Del Laboratorio Confiado A Su Cuidado Y Dar Cuenta Al Rector De Los Objetos Que Se Rompan O Inutilicen Y De Las Sustancias Que Se Gasten: Iii-Vigilar Los Trabajos Prácticos Que Hagan Los Alumnos Y Seguir En La Dirección De Estos Trabajos Las Indicaciones Del Profesor; Iv-Mantener El Laboratorio En Perfecto Arreglo Y Aseo

Decreto 481 de 1918 · Por el cual se aprueba el Reglamento para la Facultad de Matemáticas e Ingeniería de la Universidad Nacional

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son deberes del Preparador de Química: I-Montar y arreglar los aparatos que necesite hacer funcionar el Profesor; II-Responder de los objetos del Laboratorio confiando a su cuidado y dar cuenta al Rector de los objetos que se rompan o inutilicen y de las sustancias que se gasten; II-Responder de los objetos del Laboratorio confiado a su cuidado y dar cuenta al Rector de los objetos que se rompan o inutilicen y de las sustancias que se gasten: III-Vigilar los trabajos prácticos que hagan los alumnos y seguir en la dirección de estos trabajos las indicaciones del Profesor; IV-Mantener el Laboratorio en perfecto arreglo y aseo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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