º . Consejo Directivo . La Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional, Acción Social, tendrá un Consejo Directivo integrado por
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República o su delegado, quien lo presidirá.
El Ministro de Relaciones Exteriores o el Viceministro de Asuntos Multilaterales.
Tres (3) delegados designados por el Presidente de la República.
El Director General de la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional, Acción Social, asistirá a las reuniones del Consejo Directivo con derecho a voz pero sin voto.
La Secretaría del Consejo Directivo la ejercerá el Secretario General de la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional, o quien haga sus veces.