°. Modificación del artículo 2.3.7.1.5. del Decreto número 1075 de 2015. Modificar el artículo 2.3.7.1.5. del Decreto número 1075 de 2015, el cual quedará así: “Artículo 2.3.7.1.5. Planes operativos. Para el cabal cumplimiento de lo dispuesto en el presente Título, la Nación a través del Ministerio de Educación Nacional, junto con las entidades territoriales certificadas en educación, elaborarán anualmente sendos planes operativos de inspección y vigilancia que harán parte del Plan Anual de Desarrollo Educativo de la respectiva entidad territorial. La Nación deberá participar, adicionalmente, a través de la Unidad Administrativa Especial de Alimentación Escolar - Alimentos para Aprender (UApA), en todos aquellos contenidos relacionados con la alimentación escolar. Tales planes operativos deben contener los principios, las estrategias, los criterios, la financiación y los cronogramas generales que orientarán el desarrollo de las operaciones de que trata el inciso tercero del artículo 2.3.7.1.4. del Decreto número 1075 de 2015”.
Decreto 998 de 2025 →Vigente
Artículo 4
Modificación Del Artículo 2
Decreto 998 de 2025 · por el cual se modifican los artículos 2.3.3.1.8.1., 2.3.7.1.1., 2.3.7.1.3., 2.3.7.1.5. y 2.3.7.2.2. del Decreto número 1075 de 2015 - único reglamentario del sector educación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.