Las sumas que requiere el artículo 1° se incluirán en la Ley de Apropiaciones de la proxima vigencia y si no se hiciere, el Gobierno queda facultado para abrir los créditos adicionales y para efectuar los traslados necesarios .Con el mismo fin, el Gobierno podrá hacer uso de las autorizaciones conferidas por el artículo 2° de la Ley 136 de 1936 .
Ley 231 de 1938 →Vigente
Artículo 3
Ley 231 de 1938 · Por la cual se dictan algunas disposiciones sobre el terminal marítimo de Barranquilla
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.