Micelio

Artículo 2

Ley 9 de 1903 · que crea la Provincia de Robledo en el Departamento del Cauca.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Esta nueva entidad se denominara Provincia de Robledo y tendrá limites los reconocidos al presente para los Distritos y Corregimiento que la forman.

Parágrafo

El personal necesario para la administración de la Provincia será fijado por el Gobernador del departamento del Cauca, y la remuneración del servicio de la misma que fija el Presupuesto departamental a los demás Prefectos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 9 de 1903