° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de gastos para la vigencia fiscal de 1969: PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Ministerio de Hacienda y Crédito Público. CAPITULO 141 Gabinete Programa 166-A CONTROL DE CAMBIOS Unidad ejecutora: Superintendencia de Control de Cambios. Servicios personales 101, 113, 103. Artículo 1472-A. Sueldos del personal de nómina 68.900 101, 113, 105. Artículo 1472-B. Gastos de representación 17.750 101, 113, 109. Artículo 1472-C. Remuneración Servicios Técnicos 120.000 101, 113, 111. Artículo 1472-D. Honorarios 75.000 102, 113, 117. Artículo 1472-E. Prima de Navidad 151.260 Gastos generales 105, 113, 201. Artículo 1472-F. Mantenimiento y aseguros 45.000 106, 113, 205. Artículo 1472-G. Viáticos y gastos de viaje 470.000 106, 113, 207. Artículo 1472-H. Servicios de comunicaciones 70.000 106, 113, 209. Artículo 1472-I. Servicios públicos 60.000 106, 113, 211. Artículo 1472-J. Materiales y suministros 60.000 106, 113, 213. Artículo 1472-K. Impresos y publicaciones 31.000 106, 113, 215. Artículo 1472-L. Arrendamientos 80.000 Suman los créditos $ 1.248.910
Decreto 1361 de 1969 →Vigente
Artículo 2
Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábrense Los Siguientes Créditos Adicionales Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1969: Presupuesto De Funcionamiento Ministerio De Hacienda Y Crédito Público
Decreto 1361 de 1969 · por el cual se hacen unos contracréditos y se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969 (Ministerios de Hacienda y Crédito Púbico y Desarrollo Económico), por $ 1.248.910.00.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.