Con base en los recursos de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fisal de 1965:
Artículo 3
Ley 28 de 1965 · por la cual se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Rentas e Ingresos, se hacen unos contracréditos en el de Gastos y se abren unos créditos adicionales al mismo, para la vigencia de 1965 (Congreso Nacional, Contraloría General de la República, Departamentos Administrativos de la Presidencia de la República, de la Aeronáutica Civil y Servicios Generales y Ministerios de Gobierno, Relaciones Exteriores, Hacienda y Crédito Público-Deuda Pública Nacional, Guerra, Salud Pública, Educación Nacional y Obras Públicas), por $ 21.328.549.26.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.