La asistencia médica general y especializada, se prestará por la Caja Nacional de Previsión, conforme a lo establecido por dicha entidad.
El Ministerio de Justicia, podrá celebrar contratos con entidades de asistencia social, públicas o privadas para extender este servicio al cónyuge, hijos y padres de los miembros del Cuerpo de Custodia y Vigilancia Penitenciaria Nacional, cuando dependen económicamente de ellos.