Artículo cuarto. Para efecto de la liquidación de los porcentajes que tienen los Gerentes de las Loterías sobre las utilidades líquidas, no se tendrá en cuenta el valor de la exención del Fondo de Fomento Municipal. Comuníquese y cúmplase.
Decreto 877 de 1953 →Vigente
Artículo 4
Decreto 877 de 1953 · Por el cual se modifica una disposición sobre Loterías de Beneficencia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.