Micelio

Artículo 4

Elementos Del Sistema Nacional De Ciencia, Tecnología E Innovación (Sncti)

Decreto 1666 de 2021 · por el cual se modifica el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI).

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Elementos del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI). El Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI) estará integrado por los siguientes elementos: Las entidades, actores e instancias públicas, privadas o mixtas, de los ámbitos nacional e internacional, cualquiera sea su naturaleza jurídica, que contribuyan al diseño, la formulación, ejecución y evaluación de las políticas de ciencia, tecnología e innovación y al fortalecimiento del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI). Las empresas y organizaciones privadas, mixtas y sin ánimo de lucro, que promuevan o desarrollen la ciencia, la tecnología y la innovación. Las entidades y fuentes de financiamiento, públicas y privadas, para el fortalecimiento del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI) y sus actividades. El conjunto de leyes, decretos, reglamentos, políticas, estrategias, metodologías, técnicas, mecanismos e instrumentos que se relacionan con la gestión de recursos humanos, materiales y financieros de las entidades del Estado, del sector privado, de la academia y de la sociedad, en los temas relacionados con la ejecución y evaluación de la política y actividades de ciencia, tecnología e innovación. Los mecanismos para la articulación, gestión, promoción, integración, coordinación, financiación y evaluación de los instrumentos de política pública relacionados con la ciencia, la tecnología y la innovación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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