Micelio

Artículo 12

Decreto 2034 de 1973 · Por la cual se reglamenta el funcionamiento de la Zona Franca Industrial y Comercial de Cúcuta

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 12 . Dentro .de la Zona .Franca podrán realizarse por personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras domiciliadas o no rio en la República, las siguientes operaciones, transacciones, negociaciones y actividades, a saber

1.

Introducir toda clase de mercancías, productos, materias primas, envases .y demás efectos dé comercio con excepcion . de los siguientes: a) Materias explosivas o inflamables. ,b) Armas en general. c) Los artículos que se determinen en el reglamento de la Zona salvo autorización expresa del Gobierno Nacional. d)Café, .ya sea verde, tostado a cualquier grado, molido, o no .o.en forma solubles a menos qué haya una autorizacion .expresa .y escrita para .cada caso de la Federáción Nacional de Cateteros de Colombia.

2.

Almacenarlo exhibirlos,.empacarlos, .desempacar los,manofacturados envasarlos, montarlos .ensamblarlos, refinarlos. purificarlos transformarlos .y ,en general operar con ellos o manipularlos en alguna forma.

3.

Efectuar en general toda clase de operaciones transacciones, negociaciones y actividades autorizadas en el presente reglamento. 4. solo se permitiran dentro de la Zona-Franca .las ventas al por mayor.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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