Micelio

Artículo 131

De La Licencia Sanitaria De Funcionamiento Para Empresas Aplicadoras

Decreto 775 de 1990 · por el cual se reglamentan parcialmente los Títulos III, V, VI, VII y XI de la Ley 09 de 1979, sobre uso y manejo de plaguicidas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De la licencia sanitaria de funcionamiento para empresas aplicadoras. Para obtener la licencia sanitaria de funcionamiento a empresas aplicadoras en edificaciones, vehículos, productos y área pública, el interesado deberá presentar la solicitud en la División de Saneamiento Ambiental del Servicio Seccional de Salud respectivo, acompañado de la siguiente información y cumplir todas las disposiciones contenidas en este Decreto

a)

Nombre del peticionario o representante legal, identificación y domicilio;

b)

Razón social y ubicación de la empresa;

c)

Relación detallada de las plagas a controlar especificando géneros, especies, características biológicas y ecológicas;

d)

Métodos de aplicación a utilizar: aspersión, fumigación, espacial o residual, cebos, u otras;

e)

Cantidad, especificaciones técnicas de los equipos de aplicación y de protección personal;

f)

Plaguicidas a utilizar especificando nombres genéricos, formulación, clasificación toxicológica. DL 50, preparaciones de campo, concentración y cantidad a aplicar por metro cuadrado o cúbico;

g)

Características locativas de la empresa: áreas, instalaciones, distribución y separación de espacios y ambientes, ubicación;

h)

Tratamiento que recibirán los desechos y residuos de los plaguicidas;

i)

Número de operarios y carné de aplicadores;

j)

Contenido de informaciones, instrucciones e indicaciones para la comunidad, sobre control integral de vectores;

k)

Localidades de operación o actividad, y

l)

Otras que mediante disposición pertinente la autoridad competente determine.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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