Micelio

Artículo 2

Con Base En El Contracrédito Del Artículo 1° De Este Decreto, Acredítese El Presupuesto De Gastos O Ley De Apropiaciones De La Unidad Administrativa Especial De Gestión Pensional Y Contribuciones Parafiscales De La Protección Social (Ugpp) En La Suma De Ochocientos Cuarenta Y Siete Millones Seiscientos Diecinueve Mil Se Tecientos Veintiún Pesos Con Dos Centavos ($847

Decreto 2754 de 2011 · Por el cual se efectúa un ajuste en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2011

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Con base en el contracrédito del artículo 1° de este decreto, acredítese el presupuesto de gastos o ley de apropiaciones de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP) en la suma de ochocientos cuarenta y siete millones seiscientos diecinueve mil se tecientos veintiún pesos con dos centavos ($847.619.721,02) moneda corriente así: Cta Prog Subc Subp Objg Proy Ord Spr Rec Concepto Aporte Nacional Recursos Propios Total Sección 1314 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN PENSIONAL Y CONTRIBUCIONES PARAFISCALES DE LA PROTECCIÓN SOCIAL (UGPP) Unidad 131401 Gestión general Total presupuesto 847.619.721,02 847.619.721,02 C. Inversión 847.619.721,02 847.619.721,02 520 Administración, control y organización institucional para apoyo a la administración del estado 847.619.721,02 847.619.721,02 520 1000 Intersubsectorial gobierno 847.619.721,02 847.619.721,02 520 1000 14 Implantación y administración del registro único de aportantes (rua) del sistema integral de seguridad social. 847.619.721,02 847.619.721,02 11 OTROS RECURSOS DEL TESORO 847.619.721,02 847.619.721,02

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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