Micelio

Artículo 33

El Gobierno Nacional Hará Los Traslados Y Apropiaciones Presupuestales Necesarios Para Financiar Los Gastos Que Demande La Ejecución Del Programa Nacional De Educación Superior Abierta Y A Distancia, Tanto En El Presupuesto Vigente Como En El Proyecto De Ley Para Los Años Siguientes

Decreto 1820 de 1983 · Por el cual se reglamenta la Educación Superior Abierta y a Distancia

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno Nacional hará los traslados y apropiaciones presupuestales necesarios para financiar los gastos que demande la ejecución del Programa Nacional de Educación Superior Abierta y a Distancia, tanto en el presupuesto vigente como en el proyecto de ley para los años siguientes.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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