Micelio

Artículo 135

Decreto 1000 de 1986 · Por el cual se dictan disposiciones sobre expedición de visas y control de extranjeros

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En desarrollo de la política migratoria laboral y para efectos de la protección de la mano de obra nacional la División de Visas del Ministerio de Relaciones Exteriores, cuando lo estime conveniente, consultará a la Dirección General del Servicio Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social sobre la conveniencia de autorizar a extranjeros el ejercicio de una profesión, ocupación u oficio en el país.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1000 de 1986