En desarrollo de la política migratoria laboral y para efectos de la protección de la mano de obra nacional la División de Visas del Ministerio de Relaciones Exteriores, cuando lo estime conveniente, consultará a la Dirección General del Servicio Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social sobre la conveniencia de autorizar a extranjeros el ejercicio de una profesión, ocupación u oficio en el país.
Decreto 1000 de 1986 →Vigente
Artículo 135
Decreto 1000 de 1986 · Por el cual se dictan disposiciones sobre expedición de visas y control de extranjeros
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.