° Levántase el aplazamiento ordenado según Decreto número 119 de 1917 (enero 17), para las siguientes apropiaciones de la Ley de Gastos vigente: MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS Capítulo 87. Nuevas oficinas y construcciones. Articulo 1829. Para la construcción de las siguientes líneas telegráficas y telefónicas, conforme al plan acordado por el Ministerio, y con los materiales adquiridos en la vigencia de 1946: Departamento del Cauca: 20-Línea telegráfica Bolívar-Los milagros $ 6.500.00 Departamento de Santander: 36-Línea telegráfica-Provincia-Papayal 10.000.00 Departamento del Tolima: 41-Línea telegráfica Fresno-La Aguadita. 3.000.00 42-Línea telegráfica Fresno-El Tablazo 4.500.00 Artículo 1830. Para la construcción del Circuito Telefónico de Fusagasugá-Arbeláez, Pandi-Icononzo Melgar-Carmen de Apicalá 50.000.00 Artículo 1832. Para la construcción de la línea telefónica Guamo-Ortega 12,000.00 Artículo 1833. Para la instalación y sostenimiento de las Oficinas Postales y Telegráficas de Sácama, San Lope, Rondón, en el Corregimiento Sabanalarga (Campohermoso), en Boyacá 20.000.00 Artículo 1837. Para la instalación de las líneas telegráficas y Oficinas Telegráficas y Postales entre Prado y Acó, y entre Ataco y Santiago Pérez, Planadas, en el Tolima, a razón de $ 10.0000 para las primeras (Prado-Aco), y de ¡5 20.000 pura, las últimas (Ataco-Santiago Pérez-Planadas) 30.000.00 Artículo 1819. Para la construcción del Circuito Telefónico y gastos de sostenimiento de las oficinas desde Barbosa (Santander), hasta él Hotel de Turismo de Agua Blanca, con instalación de oficinas en la cabecera del Municipio de Puente Nacional (Ley 6º de 1943) 20.000.00 Suma $ 156.000.00
Decreto 1947 de 1947 →Vigente
Artículo 1
Levántase El Aplazamiento Ordenado Según Decreto Número 119 De 1917 (Enero 17), Para Las Siguientes Apropiaciones De La Ley De Gastos Vigente: Ministerio De Correos Y Telegrafos Capítulo 87
Decreto 1947 de 1947 · Por el cual se autoriza el ejercicio de nueve apropiaciones aplazadas por Decreto número 119 del corriente año (enero 17)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.