Micelio

Artículo 7

º

Decreto 1493 de 2003 · por el cual se reglamenta el artículo 15 de la Ley 401 del 20 de agosto de 1997.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Administración del Fondo Especial Cuota de Fomento. Los recursos del Fondo Especial Cuota de Fomento serán administrados por la Junta Directiva de la Empresa Colombiana de Gas, Ecogás, en una cuenta diferente de aquélla(s) que maneja Ecogás en el giro ordinario de sus negocios, con plena observancia de lo previsto en este decreto.

Parágrafo 1

Corresponde a la Junta Directiva de la Empresa Colombiana de Gas, Ecogás, definir el reglamento para la administración, manejo y giro de los recursos del Fondo Especial Cuota de Fomento.

Parágrafo 2

La Superintendencia de Servicios Públicos, en ejercicio de las funciones señaladas en el numeral 79.1 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994, realizará la respectiva investigación e impondrá las sanciones a que haya lugar, sin perjuicio de las responsabilidades fiscal o penal, que por la incorrecta administración de recursos públicos pueda derivarse. CAPITULO IV Formulación y aprobación de proyectos

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1493 de 2003