Micelio

Artículo 2

Para Poder Acceder A La Prima Establecida En Este Decreto, Los Miembros Del Congreso Que En La Actualidad Tengan Asignados Vehículos Oficiales Deberán Entregarlos A Los Respectivos Secretarios Generales Del Senado Y Cámara De Representantes, Quienes Deberán Elevar Un Acta De Recibo En La Cual Consten La Identificación Del Vehículo, Sus Accesorios Y El Estado General En Que Se Encuentren

Decreto 1921 de 1998 · por el cual se establece una prima de transporte para los miembros del Congreso.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Para poder acceder a la prima establecida en este decreto, los miembros del Congreso que en la actualidad tengan asignados vehículos oficiales deberán entregarlos a los respectivos Secretarios Generales del Senado y Cámara de Representantes, quienes deberán elevar un acta de recibo en la cual consten la identificación del vehículo, sus accesorios y el estado general en que se encuentren.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1921 de 1998