Micelio

Artículo 2.2.1.3.14

Liquidación

Decreto 1066 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Liquidación . Para la liquidación se procederá asi: Quince días despues de la públicación del último avisose liquidará la entidad, pagando las obligaciones contraídas con terceros, y observando las obligaciones legales sobre prelación de créditos. Si cumplido lo anterior queda un remanente de activo patrimonial, este pasará a la entidad que haya escogido la Asamblea o una similar, como figure en los estatutos. Cuando ni la Asamblea ni los estatutos hayan dispuesto sobre este aspecto, dicho remanente pasara a una entidad de beneficencia que tenga radio de acción en el respectivo municipio (Decreto 1529 de 1990, artículo 20)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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