Micelio

Artículo 5

Ley 94 de 1959 · Por la cual se decretan unos auxilios y se ordenan unas apropiaciones en el Presupuesto Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En caso de no ser incluidas en los Presupuestos respectivos las partidas de que tratan los artículos anteriores, el Gobierno queda ampliamente facultado para hacer los traslados y apropiaciones para el exacto cumplimiento de esta Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 94 de 1959